Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y las Normas Mexicanas (NMX) forman parte de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Ambos tipos de normas tienen una duración o vigencia de 5 años y su cancelación, sustitución o reacreditación debe ser publicada a los 4 años de su vigencia. Si bien, podría pensarse que se tratan de lo mismo, lo cierto es que no es así. Existe una diferencia particular que distingue a una de la otra.
NOM | NMX | |
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Objetivos | La finalidad de las NOM es prevenir a los usuarios de riesgos que pueden ser físicos y/o personales, como riesgos a la salud y la vida. Estos riesgos no solo aplican al bienestar de las personas, sino también al de animales y medio ambiente. | Las NMX son sugerencias. Estas normas deben ser tomadas como acciones voluntarias que sirven para determinar la calidad de un bien o un servicio. |
Alcance | Las NOM se consideran obligatorias, su cumplimiento no está sujeto a una situación o condicionado. | En cambio, las NMX funcionan más bien como recomendaciones. Sin embargo, puede ser que una NMX sea parte de una NOM y en ese caso si resultan obligatorias. |
Publicación | Las NOM y sus modificaciones se publican en el Diario Oficial de la Federación. Solo las NOM que sean publicadas en este medio deben ser tomadas como oficiales y como referencia. | Si bien, las NMX también son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, últimamente estas normas le competen más bien a la iniciativa privada |
Acceso | Son de acceso y de interés público. | Su acceso puede ser restringido. |