Dentro del derecho mercantil, cuando se constituye una empresa legalmente, existen algunas formas en las que esta puede estructurarse. Por ejemplo, los dueños pueden elegir entre ser sociedades de responsabilidad limitada (S de RL) o de responsabilidad ilimitada.
Dependiendo de esto, cada miembro; es decir la empresa como figura jurídica independiente, los accionistas y los dueños tendrán distintos niveles de compromiso ante las obligaciones adquiridos por la compañía.
No obstante, es prudente mencionar que, con los modelos económicos predominantes hoy en día, cada vez es más difícil conformar una empresa de responsabilidad ilimitada (sociedad colectiva). Esta se reserva casi exclusivamente para los propietarios únicos y otros contados casos.
Responsabilidad Limitada | Responsabilidad Ilimitada | |
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Explicación | Este tipo de sociedad mercantil establece que el grado de responsabilidad de cada socio es proporcional a su inversión en la empresa. Esta constitución proporciona un alto grado de protección a sus socios, de tal forma que estos no tienen que responder con sus activos personales (patrimonio personal) ante las deudas que pudiera llegar a tener la empresa. | Las sociedades colectivas o de responsabilidad ilimitada son uno de los tipos de sociedades más antiguos. Esto se debe a que anteriormente, las familias se organizaban de esta manera para administrar sus negocios. Este tipo de organizaciones se caracterizan por que las obligaciones y contribuciones son solidarias, ilimitadas y hasta cierto punto, fraternales y a partes iguales entre los socios. |
Tipos de empresa | Las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada. | Sociedades colectivas. |
¿A quiénes afecta? | A socios y accionistas. | Propietarios únicos y socios. |
¿Qué grado de participación tienen los socios en las deudas y obligaciones? | La responsabilidad de cada socio se limita a la misma cantidad que cada uno haya aportado a la compañía. En otras palabras, un socio (o accionista) no podrá perder más de lo que ha aportado. | Por el contrario, todos los socios son responsables de manera ilimitada y solidaria de las obligaciones de la empresa. En una sociedad colectiva se compromete el patrimonio personal de todos los socios. |