¿Cuál es la diferencia entre Persona Física y Persona Moral?

Cuando una persona o grupo de personas deciden comenzar un negocio o actividad empresarial, es importante poner en regla cada aspecto de la misma. Uno de los más importantes es revisar las obligaciones fiscales con las que deben cumplir. Previo a esto, se debe decidir qué tipo de régimen fiscal  seguirá la empresa. Si la empresa estará constituida por un grupo de socios o inversionistas, se tratará entonces de una persona moral. Por el contrario, si se trata de una sola persona, se habla de una persona física. Ambos regímenes poseen obligaciones y derechos propios de la naturaleza de cada uno. De la misma forma, cada uno de ellos presenta características específicas para cada una de las dos situaciones. En México esto es regulado por el SAT.

Tabla de comparación

Persona física
Persona moral
DefiniciónSer una persona física es un concepto jurídico. Es cuando una sola persona tiene la capacidad de contraer obligaciones y ejercer derechos. Básicamente se refiere a cualquier persona humana, de existencia real y física. Una persona física puede adquirir derechos y contraer obligaciones.También se le conoce como persona jurídica. Una persona moral es una organización, un grupo de personas físicas que existe como institución. Una persona moral, tanto como un persona física, posee una personalidad jurídica propia. Por esta razón tienen la capacidad de actuar como sujetos de derecho.
MiembrosUna persona física es una sola persona, un individuo, hombre o mujer.En cambio, una persona moral se conforma de dos o más personas físicas.
Regímenes tributarios SATAsalariados, profesionistas, arrendadores y empresarios.
Obligaciones fiscalesLas obligaciones cambian de acuerdo con el régimen, pero a grandes rasgos son las siguientes:

  • Emitir comprobantes fiscales (todos menos los asalariados)
  • Darse de alta en el registro federal de contribuyentes (todos)
  • Llevar al día su contabilidad (sólo quienes expidan honorarios o tengan actividad empresarial)
  • Hacer una declaración (puede ser anual, bimestral o mensual)
Entre sus obligaciones fiscales se encuentran:

  • Darse de alta en el registro federal de contribuyentes
  • Expedir facturas (comprobantes fiscales)
  • Tener sus libros contables al día
  • Hacer una declaración anual
  • Calcular el ISR de los empleados (asociaciones civiles y religiosas)

Referencias

Deja un comentario